La nueva obligación del art. 31 del Código Penal a implantar un programa de cumplimiento normativo supone un reto legal para la mayoría de las empresas. Conocer sus funciones y beneficios nos ayudará a tomar las decisiones correctas. Sigue leyendo para saber más…
El programa de cumplimiento en la era actual
Nuestro mundo se encuentra en un momento de cambio frenético mucho más complejo de lo profetizado por cualquier futurólogo. El desarrollo de la tecnología ha traspasado las barreras de la distancia y el tiempo expandiéndose a todos los ámbitos (social, económico, cultural, político…). Esto ha propiciado la aparición de nuevas oportunidades a las empresas, a la par que múltiples amenazas. La obligación del art. 31 bis CP busca evitar la continua violación de normas en el núcleo empresarial reforzando el sistema con penas a la persona jurídica.
En palabras del maestro LOTHAR KUHLEN, el compliance puede definirse como «un conjunto de medidas mediante las cuales las empresas pueden asegurarse de que sean cumplidas las reglas vigentes en ellas por su personal, que las infracciones se descubran, y que eventualmente, se sancionen».
El programa de cumplimiento comparte parcela con otras materias legales de la empresa (Laboral, Mercantil, Protección de Datos, o la Propiedad Intelectual…). De echo, engloba una cultura de cumplimiento normativo de todas las áreas donde la empresa ha de estar regulada.
La preocupación de los expertos por los riesgos económicos y la responsabilidad penal de las personas jurídicas se refleja en una carrera hacia la inversión en sistemas de prevención de comisión de ilícitos penales y para-penales. Otra notable preocupación viene directamente relacionada con la progresiva globalización y el surgimiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Cualquier empresa digitalizada transfiere datos en milésimas de segundos a cualquier parte del mundo. Sus proezas y errores también son compartidos en la red a toda velocidad.
«En startups, empresas activas internacionalmente el espectro de riesgos se multiplica exponencialmente”.
Retos legales para la pequeña y mediana empresa
Los retos suelen ser diferentes según el tipo de empresa y su tamaño, pues tendrán diferentes normas que atender y en mayor o menor medida.
- Uno de los principales retos para las sociedades de nueva creación es que desconocen los requisitos legales que deben cumplir. Otro desafío al que se enfrenta la pequeña empresa es la falta de capital para disponer de un sistema de evaluación del cumplimiento que garantice el control interno y recogida de pruebas ante infracciones penales o administrativas.
- Las empresas medianas ya han tenido un recorrido y crecimiento. Conocen parte de las normas que les aplican y cómo gestionar, incluso disponen de capital para invertir en medidas de prevención. Sin embargo las estadisticas indican que suelen tener un asesoramiento deficiente e ignoran muchos de sus riesgos. Además, sus amenazas son mayores al ser capaces de comprometer mayores intereses y activos.
Los planes de cumplimiento son una fórmula de «autorregulación regulada». Buscan luchar contra la delincuencia corporativa y prevenir de responsabilidades a la persona jurídica por infracciones cometidas en el seno de su organización. La empresa que implemente un programa de cumplimiento a medida podrá evitar la comisión de delitos. Además, también es definitivamente necesario aplicar correctamente las normas para no sufrirlos.
A modo de ejemplo: el caso de un ataque informático que produce daños irreparables en la información almacenada por la compañía. Los daños son más que reputacionales y económicos, pueden incluso llegar a imposibilitar la prestación de sus servicios o condicionar el cierre de la empresa.
Beneficios de las buenas prácticas empresariales al implantar eficazmente un programa de cumplimiento.
Las buenas prácticas empresariales, dicen los expertos, han de orientarse desde una filosofía y ética que propicie una verdadera cultura de empresa. Sin embargo, ir en la dirección correcta no siempre es sencillo por la tentación a evadir deberes jurídicos que proporcionen ventajas frente a la competencia.
Estamos en un momento histórico-social en el que la corrupción de las empresas pasa por una fase de cambio, donde los precursores de la responsabilidad social corporativa y el compliance management buscan explicar cuan beneficiosas pueden llegar a ser las buenas prácticas empresariales. Los beneficios no solamente están en garantizar el cumplimiento normativo para la prevención de sanciones administrativas o penales. Existen otras virtudes que indirectamente que repercuten de forma positiva en la productividad y rentabilidad de la empresa. Aunque, como hemos adelantado, la visión de un directivo suele ser opuesta a la del experto en cumplimiento.
El directivo únicamente tiene interés en la eximente incorporada por la reforma de la LO 1/2015, lo cual suele conducir a una prevención casi cosmética de los delitos e insuficiente en la mayoría de los casos, y por tanto, carente de eficacia para eximir de responsabilidad a la empresa.
Comenzando con una exposición de los múltiples beneficios de optar por la implementación eficaz del programa de cumplimiento, pudiendo enumerar a grandes rasgos las siguientes:
Económicos:
- Principalmente, evitar cuantiosas sanciones a través de la prevención del ilícito, por la vía de la eximente de la responsabilidad de la persona jurídica -de reunir todos los requisitos- o, en su defecto, atenuar la pena.
- Ventajas competitivas al fomentar la innovación e incremento de la productividad respecto de empresas sin programa de cumplimiento. Las empresas que no cuenten con un programa de cumplimiento quedarán progresivamente fuera del mercado.
- Consecución de los objetivos y requisitos para obtener ayudas, licitaciones u otros beneficios públicos, al operar habitualmente bajo la regulación estatal.
- Beneficios en cuanto a las primas de aseguradoras y financieras, por ejemplo, en los seguros responsabilidad civil.
- Seguridad en los sistemas y en prevención de riesgos laborales, evita «malas praxis».
Reputacionales:
- Mejora la imagen corporativa, la reputación, la confianza y la fidelización de clientes.
- Disponer de un Código Etico genera de un clima ético en empleados, gerentes, colaboradores y proveedores.
- Promueve una producción socialmente responsable, satisfaciendo las premisas para una responsabilidad social corporativa, bien vista desde el mercado y el inversor.
- Respeto a las normas nacionales e internacionales, al medio ambiente, e indirectamente a la cultura, estilo social y moral predominante.
Si necesita realizar una consulta legal sobre éste u otros asuntos relacionados, contacta con la experta en Compliance escribiéndo tu pregunta al correo electrónico dirigido a aquiroga@cumpliendonormas.com